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Ley de Presupuestos - Subsecretaria de Servicios Sociales 2023


1) Ley de Presupuestos 2023 – Articulo Nº14.16

1.a) Presupuesto

El Articulado 14 N°16 inciso C) de la Ley de Presupuestos N°21.516 del año 2023 indica que: “Cada ministerio y los demás órganos de la Administración del Estado deberán poner a disposición en sus respectivos sitios electrónicos institucionales la información relativa al presupuesto asignado por esta ley.

Para estos efectos procurarán utilizar un lenguaje claro que permita ser comprendido por la mayor cantidad de personas, utilizando gráficos y otros mecanismos que permitan comprender, de manera sencilla, la composición del presupuesto y de los distintos elementos que lo integran.

* Para mejor visualización, se recomienda ver el gráfico a pantalla completa, haciendo clic en el ícono inferior derecho del recuadro.

1.b) Ejecución

El inciso A) del referido articulo indica que: “Se deberá publicar en su sitio electrónico institucional un informe trimestral que contenga, en su caso, la individualización de los proyectos beneficiados con cargo a los Subtítulos 24 y 33, nómina de beneficiarios, metodología de elección de éstos, las personas o entidades ejecutoras de los recursos, los montos asignados, la modalidad de asignación, las actividades financiadas, los objetivos y metas anuales, los montos y porcentaje de ejecución, desagregados por programa presupuestario, región y comuna según sea el caso, dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo trimestre. En caso de contener coberturas y recursos asignados en glosa, la información deberá presentarse con dicho nivel de desagregación.

1) Partida 21-01-01 Subsecretaría de Servicios Sociales.

2) Partida 21-01-05 Ingreso Ético Familiar y Sistema Chile Solidario.

3) Partida 21-01-08 Sistema Nacional de Cuidados.

1.c) Convenios

El inciso A) del referido Articulado, también indica que: “Si las asignaciones a las que hace mención el párrafo precedente corresponden a transferencias a municipios, el informe respectivo también deberá contener una copia de los convenios firmados con los alcaldes, el desglose por municipio de los montos transferidos y el criterio bajo el cual éstos fueron distribuidos.

1) Partida 21-01-01 Subsecretaría de Servicios Sociales.

Primer trimestre

Segundo trimestre

Tercer trimestre

  • Cuarto Trimestre 2023 (Pendiente)

2) Partida 21-01-05 Ingreso Ético Familiar y Sistema Chile Solidario.

Primer trimestre

Segundo trimestre

Tercer trimestre

  • Cuarto Trimestre 2023 (Pendiente)

3) Partida 21-01-08 Sistema Nacional de Cuidados.

Primer trimestre

Segundo trimestre

Tercer trimestre

  • Cuarto Trimestre 2023 (Pendiente)

2) Ley de Presupuestos 2023 - A Nivel de Servicio

2.a) Sistema Nacional de Cuidados

La Glosa N°5 de la Partida 21, Capitulo 01, Programa 08, indica lo siguiente: “Antes del 31 de marzo de 2023 el Servicio deberá enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Dirección de Presupuestos, un informe en el que se dé cuenta de los lineamientos definidos para la asignación de los recursos de este Programa, adjuntando copia de los convenios que se hayan celebrado en el primer trimestre e indicando los plazos y metas para el resto del período. Asimismo, en igual plazo, dicha información deberá ser publicada un lugar destacado en el sitio web respectivo permanentemente a disposición del público y actualizada”, que a continuación se presenta:


3) Ley de Presupuestos 2023 – Articulado Nº14.01

3.a) Cronograma de Gastos Partida 21

El Articulado 14 N°01 de la Ley de Presupuestos N°21.516 del año 2023 indica que: “Un cronograma mensual, desagregado por programa presupuestario y por Subtítulos, de gastos del año en curso, que deberá ser enviado durante el mes de marzo, y actualizado en el mes de julio, junto a una explicación de los principales cambios ocurridos en el transcurso del primer semestre y consignados en dicha actualización”.

A continuación, se publica el Cronograma de Gastos del Ministerio de Desarrollo Social y Familia 2023.


4) Resolución 142
Diario Oficial, Ministerio del Interior y Seguridad Publica

4.a) Instrucción General sobre avisaje y publicidad para el año 2023

La Resolución 142 publicada en Diario Oficial con fecha 31 de marzo de 2023, aprueba instrucciones generales sobre avisaje y publicidad para el año 2023, complementarias a la instrucción general Nº11, sobre transparencia activa. En este sentido, el Art. 06 y 07 solicita informar los Gastos de avisaje y publicidad, y su desglose. A continuación, están disponibles los convenios asociados a este gasto.