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La medida beneficiará a cerca de 350 mil personas. A la ceremonia asistió el Ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza, entre otros secretarios de Estados.
viernes 15 de diciembre, 2017

Presidenta promulga ley que elimina distinción entre obreros y empleados en normativa sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales


La medida beneficiará a cerca de 350 mil personas. A la ceremonia asistió el Ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza, entre otros secretarios de Estados.

Esta mañana, la Presidenta Michelle Bachelet, encabezó la ceremonia de promulgación de la normativa que modifica la ley N°16.744 sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con el objeto de eliminar la distinción entre empleados y obreros.

En la actividad realizada en el Salón Montt Varas del Palacio de La Moneda, a la que asistió el Ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza -entre otros secretarios de Estado- la Mandataria valoró este cambio en la legislación, y explicó que “lo que nos ha guiado a lo largo de toda la ruta es la dignidad del trabajo y de los trabajadores. Precisamente, la ley que promulgamos hoy es un nuevo paso en ese sentido, porque termina con una discriminación que ha durado demasiado, y que menoscaba a muchos trabajadores”.

Según la normativa establecida, para efectos de otorgar prestaciones de salud, si el afectado es “empleado” puede acceder a toda la red de prestadores con las que cuenta el sistema, tanto público como privado. Sin embargo, si es un “obrero”, no puede acceder libremente a la red asistencial ni pública, ni privada, quedando la atención limitada a los establecimientos pertenecientes a los Servicios de Salud.

La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, puesta en marcha por la Gobernante en agosto del 2016, estableció la eliminación de esta discriminación como su medida más simbólica para igualar derechos de trabajadores sin distinciones, equiparando las condiciones de acceso a las atenciones médicas y al pago de licencias. 

La ley actualiza el concepto de trabajador, eliminando la referencia a empleado u obrero, sustituyéndola por la mención a “a toda persona que preste servicios por cuenta propia o como dependiente de alguna entidad empleadora”, y establece la afiliación al Instituto de Seguridad Laboral en caso de que los empleadores no adhieran expresamente a alguna Mutualidad.

El Instituto de Seguridad Laboral será gestor público del sistema, y por tanto, deberá otorgar a sus afiliados las prestaciones monetarias, preventivas y médicas. Para cumplir con su misión, podrá generar convenios de prestaciones con los servicios de salud, con las mutualidades de empleadores, o con otros establecimientos de salud públicos o privados.

Esta es una medida que beneficia a cerca de 350 mil trabajadores y trabajadoras, entre ellas trabajadoras de casa particular, manipuladoras de alimentos y temporeras.

El proyecto se originó en mociones refundidas de los disputados Juan Morano, Aldo Cornejo, Iván Fuentes, Pablo Lorenzini, Sergio Ojeda, Yasna Provoste, Gabriel Silber, Víctor Torres, Patricio Vallespín, Osvaldo Andrade, Miguel Ángel Alvarado, Felipe Letelier, Marcela Hernando, Alejandra Sepúlveda y Vlado Mirosevic.